DISPOSITIVA
Por los argumentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos por Mutuo Consentimiento, en consecuencia queda DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL de los ciudadanos: CARMEN VICTORIA PEREZ BARRETO y JESUS AUGUSTO COLMENARES ALVAREZ, Venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.597.983 y V-19.532215, respectivamente, y que éstos habían contraído matrimonio en fecha 21-03-2.014, por ante el Registro Civil Municipal Candelaria del Estado Trujillo, tal y como se evidencia según en el Acta de Matrimonio signada con el Nro.06, que corre inserta al folio 02, del presente expediente.
No hay condenatoria.....