DECRETAR LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL Y EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa de conformidad con el artículo 48 numeral 7º y 318 numeral 03 del Código Orgánico Procesal Penal por la comisión del delito de por la comisión del delito de Violencia Psicológica y Amenazas, previsto y sancionado en los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en contra de la ciudadana Rosa Virginia Echegaray. Líbrese oficio al Cuerpo De Investigaciones, Científicas Penales Y Criminalísticas Sub-Delegación Trujillo Y Valera, dejando sin efecto la Orden de Captura del acusado de autos. Remítase la causa al archivo central para su archivo definitivo en su oportunidad legal. Ciérrese informáticamente. SE LES INFORMA A LAS PARTES QUE LA PRESENTE ACTA CONTIENE EL AUDTO FUNDADO DE LA PRESENTE DECISIÓN Y QUE EL LAPSO PARA EJERCER RECURSO COMIENZA A CORRER A PARTIR DEL DÍA HÁBIL SIGUIENTE DE ESTE TRIBUNAL, UNA VEZ SEA NTOFICADA LA VICTIMA D ELA PRESENTE DE.....