DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, la Corte de Apelaciones administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS, la presente acción de amparo interpuesta por el Defensor Privado Abg. WILLIAMS JOSE CASTRO FREITEZ, actuando en tal carácter del ciudadano JOSE GREGORIO BARRADAS ALVARADO, titular de la cédula de identidad Nº V-24.613.279, contra el auto dictado por el Tribunal de Juicio Nº03 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 04 de Junio de 2013, en el Asunto principal KP01-P-2011-23196 mediante el cual declaró definitivamente la sentencia condenatoria dictada en fecha 13-05-2013 y fundamentada en la misma fecha, al ciudadano JOSE GREGORIO BARRADAS ALVARADO, titular de la cédula de identidad, 24.163.279, a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS DE PRISION, mas las accesorias de ley por la comisión del delito de TRAFICO .....