D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación ejercida por la representación judicial de la parte actora, contra la decisión del A quo de fecha 09 de Agosto de 2007.
Se declara LA NULIDAD de todas las actuaciones cumplidas en este proceso, a partir del 09 de Abril de 2007, exclusive.
En consecuencia, SE REPONE esta causa al estado de que el nuevo Juez que haya de conocer y decidir esta causa ordene la reanudación del curso del presente proceso, fijando término que no será menor de diez (10) de despacho que se contarán a partir de que conste en autos la última notificación de las partes, que así mismo deberá ordenar; debiendo advertirles a las partes, en la notificación correspondiente, que del lapso.....