En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
1.- CONDENA A LA CIUDADANA: ACUSADA: GLADIS DEL PILAR PALACIOS, C.I. N° 4.380.314 de 54 años de edad, Soltera, artesana de oficio, 4to. año de instrucción, nació en fecha 12-10-54, natural de Barquisimeto, Estado Lara hijo de Blanca Palacios y José Vidal , residenciado en la calle 27 con Av. Libertador, casa Nro. A-35, de esta ciudad, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de ley contenidas en el artículo 16 eiusdem, que incluyen: la inhabilitación política durante el tiempo de la condena y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, por la comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA EN PEQUEÑAS CANTIDADES DE SUSTANCIAS, ESTUPEFACIENTES Y PSIC.....