Se celebro Audiencia Preliminar Anticipada solicitada por las partes, y acordada por el Tribunal de conformidad con los artículos 257 y 258 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela; comparece la parte Actora, DOMINGO ANTONIO DELGADO DELGADO , titular de la cedula de identidad N º V-4.302.739, por intermedio de su apoderado judicial el Abogado DOUGLAS EDUARDO BARRETO PERDOMO, y por la demandada comparece TRANSPORTE EL RÍO, C. A, por intermedio de su Apoderada Judicial Abogada JUDITH AZUAJE HERNANDEZ, En este estado el Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso, y HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES en el dia de hoy 28701/2014.