En nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo declara:
UNICO: LA REMISION INMEDIATA del presente expediente contentivo del juicio de divorcio, al Juzgado Superior Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo con el propósito que conozca de la Solicitud de Regulación de Competencia planteada por la Co-apoderada de la parte actora abogada en ejercicio IVONNE YANIRA MONCADA ROJAS, inscrita en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 183.432, contra la decisión de fecha 10 de febrero de 2.020 proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial en la cual se declaró incompetente por la materia declinando para ante el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario del Estado Trujillo Así se decide.