Del estudio de las normas antes citadas, así como de la jurisprudencia se desprende el derecho que tiene un tercero de intervenir en juicio en caso que sus intereses puedan verse afectados, así las cosas tenemos que el tercero que es llamado a juicio puede quedar asimilado a una de las partes, con legitimación en la causa activa o pasiva por lo que en función del principio de congruencia puede ser condenado o absuelto, y no limitarse a una simple declaración de que le para o no perjuicio la sentencia dictada. En este orden, efectivamente en el proceso pueden intervenir otras personas como sería un tercero, pues este podría tener interés en el resultado de la sentencia, materializándose la legitimación de los mismos y que justifican su intervención, cuando estos tienen que hacer valer intereses jurídicamente tutelados en un proceso dado o cuando por existir una relación material o disposición legal pueden ser llamados al juicio; el tercero en un principio no es parte formal y material e.....