Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara sin lugar el recurso contencioso tributario, interpuesto por los Abogados ARMANDO ISAIAS GOYO MEDINA y OMAR LISANDRO CORDERO BRANDY, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-5.248.998 y 7.401.556, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 27.110 y 43.120, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la firma mercantil "AGRICOLA PONTA DO PARGO, C.A.", ya identificada; en contra de la Resolución Nº 293-2009, de fecha 23 de julio de 2009, notificada el día 18 de diciembre de 2009, suscrita por la Alcaldesa del Municipio Iribarren del Estado Lara.