D I S P O S I T I V A
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de AUMENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN incoada por la ciudadana KEILA BEATRIZ ALTUVE BARAZARTE, en representación de sus hijos JOSÉ MIGUEL y FREYBETH VALENTINA LEÓN ALTUVE, contra el padre de los mismos, ciudadano: PABLO JOSÉ LEÓN ZAMBRANO.- En consecuencia: PRIMERO: Se fija la cantidad de MIL SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.600,00) mensuales; y el doble de la cantidad en los meses de Agosto y Diciembre de cada año, como bono vacacional y bonificación de fin de año (Aguinaldos), y el 50% para gastos relacionados al calzado, vestuario, útiles escolares, uniformes, asistencia médica, medicamentos y otros gastos que se puedan presentar,.....