Por todas las consideraciones expuestas este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley NIEGA la solicitud de suspensión del proceso, al resultar la misma contraria a derecho y a los principios fundamentales que orientan el proceso laboral, reiterándose que la audiencia de juicio tendrá lugar en la fecha fijada por este Tribunal, vale decir, el día martes 29 de julio de 2008, a las 9:30 a.m. Así se decide.