"...se declara embargados preventivamente los bienes muebles descritos e inventariados en esta acta, dejando constancia expresa que los bienes muebles antes señalados, quedarán bajo la guardia y custodia de la parte ejecutada, la sociedad mercantil FRIGORÍFICO DIANEMY, C.A., en la persona del ciudadano JOSE NELIO GOMES RODRIGUES, antes identificado, vista la solicitud expresada por ambas partes en su exposición, quien estando presente queda en cuenta de las obligaciones que la Ley le impone en razón de tal designación; así mismo, con la mención expresa del deber que tiene de cuidar y mantener los bienes muebles señalados e inventariados en esta acta, en buen estado de uso y conservación, como un buen padre de familia y, de que no podrá retirarlos de este inmueble, sin previa autorización del Tribunal de la causa, dando así cumplimento a la medida de EMBARGO PREVENTIVO, decretada por el JUZGADO DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDIC.....