el Tribunal en cumplimiento de la misión conferida por el JUZGADO VIGÉSIMO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, procede a declarar SECUESTRADO el inmueble constituido por el "Local identificado con la letra "H", Ubicado en el Planta Baja del Edificio Sede de la Policlínica Metropolitana C.A., situado en la Calle A-1, de la Urbanización Caurimare, Municipio Baruta del Estado Miranda". y, procede a colocarlo en posesión de la parte actora, representada en este acto por su apoderado judicial, abogado ROBERTO SALAZAR, quien estando presente acepta y recibe dicho inmueble, a su plena conformidad para su representada, así como las llaves que dan acceso al inmueble, las cuales fueron cambiadas a sus expensas. El Tribunal deja constancia que luego de haber procedido a recorrer todas las dependencias del inmueble identificado en esta acta, pudo constatar que no se encontraron joyas, ni dinero en efectivo, ni cheques, ni títulos valores, así como.....