Este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda de nulidad incoada por la empresa COMPAÑÍA ANÓNIMA DE ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO (CADAFE), actualmente CORPORACIÓN ELÉCTRICA NACIONAL, S.A. (CORPOELEC), contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR ÓRGANO DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO TRUJILLO, CON SEDE EN VALERA, contra el auto administrativo del auto de fecha 16/04/2009, emanado de la Inspectoría del Trabajo del Estado Trujillo con sede en la ciudad de Valera, que declaró Inadmisible la solicitud de calificación de falta contra el ciudadano CESAR CORDOVA, correspondiente al expediente Nº 070-2008-01-00417. Publíquese y Regístrese.