En virtud de lo anterior, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, por autoridad de la Ley y nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara:
PRIMERO: Con lugar la demanda por cobro de Prestaciones Sociales, incoada por por la ciudadana GLORIA DEL CARMEN RODRIGUEZ DE MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 7.988.991, y de este domicilio, contra el ciudadano HENRY PEREZ JIMENEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 15.272.445, con domicilio en la avenida Don Pedro Jiménez, vía San Antonio, casa s/n, frente a la panadería, vía cubiro, estado Lara.
SEGUNDA: Conforme al nuevo criterio jurisprudencial emanado del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia dictada por la sala de Casación social, en fecha 11/11/2008, Nº 1841; se concede la indexación judicial e intereses de mora, sobre los montos reclamados y conden.....