DECISIÓN
Por las razones expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en Primera Instancia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por la Abogada Carmen Perozo en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano Ricardo José Pineda Uranga, ya que la presunta violación de derechos constitucionales alegada por la accionante CESO, cuando el Juez de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 06 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 25 de Noviembre de 2011, se pronunció respecto a la solicitud realizada por la Abg. Carmen Perozo, con respecto a la Entrega de Vehiculo, en el asunto principal signado con el Nº KP01-P-2011-005783, siendo esta la OMISIÓN a la que se le atribuía la violación de los derechos constitucionales según lo manifestado por la accionante en su soli.....