Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación propuesta por el abogado FRANCISCO GIL HERRERA, apoderado judicial de la parte actora en contra de la sentencia dictada en fecha 12 de agosto de 2010, publicada en extenso el día 11 de octubre de 2010 por el Juzgado Décimo Noveno de Municipio de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: Se revoca la decisión dictada en fecha 12 de agosto de 2010 y publicada en extenso el día 11 de octubre de 2010 por el Juzgado Décimo Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, quien declaró prescrita la causa y en consecuencia se ordena a la parte demandada a:
¿ Pagar la suma de QUINCE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 15.000.00,00) hoy, QUINCE MIL BOLIVARES FUERTE.....