Ahora vista, la incomparecencia de la parte demandante, y de su apoderado judicial ut supra identificado, a la prolongación de la audiencia preliminar, este Juzgado Trigésimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta seguidamente el dispositivo del fallo de la manera siguiente:
SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCESO EN LA ACCIÓN INCOADA por la ciudadana JULMARYS YIRANA VALLES MORALES, titular de la cédula de identidad N° V- 14.304.154 y sus apoderados judiciales ciudadanos MARIANO GINNANTONIO HERNÁNDEZ, HERMAN VASQUEZ FLORES y ANDREINA DEL CARMEN SANCHÉZ MONTIEL abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros: 158.313, 35.213 y 210.995, en la demanda iniciada contra la entidad de trabajo SISTEMA DE SLABORATORIOS LA SANTE C.A.
En consecuencia, SE DECLA.....