DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 numerales 9 del Código Orgánico Procesal Penal, Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad, en contra de RODRIGUEZ LEON WILLIANS PASTOR cedula de identidad V.-15.445.243, por la presunta comisión del delito de USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO Y LESIONES PERSONALES GENERICAS, previsto y sancionado en los artículos 278 y 413 Código Penal, ordenándose la tramitación de la causa por las vías del procedimiento penal ordinario, tal como lo establece el artículo 280 y siguientes de la citada norma procesal y acordándose medida cautelar sustitutiva de privación judicial de libertad de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del COPP numeral 9º consistente en .....