DECISION
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena al joven RESERVADO,, plenamente identificado, a cumplir las siguientes sanciones: IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de un (01) año, las cuales son las siguientes: A.-) Residir en un lugar determinado, y en caso de algún cambio, deberá notificar al Tribunal. B)) No portar ningún tipo de armas. C.-) No consumir ningún tipo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas. D.-) No incurrir en nuevos hechos delictivos en los cuales se vea comprometida su responsabilidad. E.-) Mantenerse en una actividad laboral estable o realizar algún curso de capacitación, o estudiar para lo cual deberá presentar constancias cada 3 meses Y LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de un (01) año, la cual deberá cumplir por ante el área de servicio social del Equipo Multidisciplinario adscrito a esta sección de adolescente con la LIC. ROSA MAR.....