D E C I S I O N
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito, de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, obrando en sede constitucional, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el presente recurso de amparo interpuesto por el ciudadano Abelardo Alarcón Uzcategui, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 5.1000.190, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 74.508, actuando en este acto en su carácter de apoderado judicial de la entidad mercantil INGECA CATERIN SERVICIO C.A; dirigido contra el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, a cargo de la Juez Provisorio abogado Clarisa Villareal, por actuaciones de fecha 23 de mayo de 2024, en la causa 25.203.
No hay especial condenatoria en costas.