DECISION
Por todo lo expuesto, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, este Tribunal de Primera Instancia de Responsabilidad Penal del Adolescente en función de juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, DECLARA: SIN LUGAR, la solicitud de revisión de medida solicitada por los defensores privados de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, y IDENTIDAD OMITIDA, en el proceso que se le sigue por la presunta comisión de los delitos de ASALTO A UNIDAD DE TRANSPORTE PUBLICO, previsto en el articulo 357 del Código Penal para ambos adolescentes y adicional para el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el articulo 112 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, sancionados en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 581 de la Ley Orgánica para la protección del Niño, Niña y del Adolescente y 55 de la Constitución de la Repúbl.....