ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA SIN LUGAR, el recurso de Apelación de Auto, interpuesto por el Abogado Oscar Colmenares, en su condición de defensor público penal, del ciudadano RAFAEL ANTONIO VALERA PEREZ, contra la decisión dictada en fecha 30-07-2008, por el Tribunal de Control N° 07, del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, mediante la cual, ordenó la PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, contra el mencionado ciudadano, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA Y AMENAZAS AGRAVADA, previsto y sancionados en los artículos 42 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de CARMEN TERESA BENITEZ. Se confirma la decisión recurrida.