DECISIÓN
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario, Marítimo y Constitucional de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: NIEGA EL DECRETO DE LA MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre la EMPRESA "LOS ILUSTRES CENTRO MÉDICO, C.A., debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, en fecha 02 de febrero del año 2004, bajo el número (72), del tomo A, con RIF J-231105128-7, ubicada en la avenida Bolívar sector las Acacias entre calles 28 y 29 Número (28-50), de la parroquia Juan Ignacio Montilla, de la ciudad de Valera del estado Trujillo, representada por los ciudadanos: GLENDA MILAGROS DEL AMPARO GIL MARVAL y MUJICA CHÁVEZ JESUS MOISES, ya identificados.
SEGUNDO: NIEGA MEDIDA INNOMINADA, .....