DISPOSITIVA
ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY dicta SENTENCIA CONDENATORIA al ciudadano WILLY BAUTISTA BRITO AZUAJE, por la comisión del delito Acto Carnal con Victima Especialmente Vulnerable de conformidad con el articulo 44 numeral 2 Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia por lo que se le condena a una pena de 15 años de prisión la cual deberá cumplirse el Internado Judicial del Estado Trujillo y se estima que se cumplirá la pena el 28 de Noviembre de 2026. Se le condena a las penas accesorias establecidas en el artículo 66 Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Queda detenido a partir de este momento hasta tanto el Tribunal de Ejecución decida lo que considere. Esta decisión tiene un lapso de apelación de tres días hábiles a partir de su publicación de la decisión de conformidad con el 108 ejusdem. El Tribunal se acoge al lapso de 5 días par.....