IV
DE LA DECISION
Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se declara inadmisible, por falta de legitimidad, la apelación ejercida el 24 de octubre de 2007 por la representación de la parte demandada en contra de la decisión dictada en fecha 18 de octubre de 2007 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, mediante el cual negó la medida de embargo preventivo solicitada por la parte actora en contra de la accionada, en el juicio que por daños y perjuicios seguido por los ciudadanos JUVENAL RODRIGUEZ DE NOBREGA y GIOVANNI VINCENZO SAMANNA DI PERO, y la Sociedad Mercantil INVERSIONES RODRIGUES SAMANNA C.A. Vs. la Asociación Civil sin fin.....