D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por DIVORCIO fundamentada en el ordinal 2° del artículo 185 del Código Civil, intentó el ciudadano DIEGO JOSÉ COLS GARCÉS, contra MIRLA JOSEFINA GODOY ALBARRAN, ambos plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: Queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajo el ciudadano DIEGO JOSÉ COLS GARCÉS, con la ciudadana MIRLA JOSEFINA GODOY ALBARRAN, en fecha veinticuatro (24) de noviembre de mil novecientos ochenta y ocho (1.988), por ante la Prefectura de la parroquia Chiquinquirá, del municipio Trujillo del estado Trujillo, que corre inserta a los folios 11 y 12 de este expediente.
TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en .....