las razones expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Violencia Contra La Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: DECLARAR LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL conforme lo establecido en el artículo 48 numeral 7° del Código Orgánico Procesal Penal en consecuencia SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA conforme el artículo 45 en concordancia con el artículo 318 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal al ciudadano MIGUEL RAMON SANTIAGO, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.018.473, Venezolano, de 46 años de edad, nacido el 27-01-1960, casado, de profesión u oficio Electricista, residenciado la Urbanización Valle Verde, vía hacia el Baño, casa N° G-3-156, diagonal al Deposito de Indosa, Motatan, Estado Trujillo, por cumplimiento del plazo de régimen y de las condiciones que le impusiere el Tribunal en fecha 03 de Octubre de .....