DISPOSITIVA:
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: Conforme al artículo 330 numeral 2do del Código Orgánico Procesal Penal este Tribunal atribuye a los hechos una calificación jurídica distinta LESIONES GRAVES, previstas y sancionadas en el artículo 415 del Código Penal.-
SEGUNDO: Se admiten en su totalidad las pruebas ofrecidas por la Vindicta Pública por ser lícitas, legales, pertinentes y necesarias, conforme al artículo 330, numeral 9no Ejusdem, no admitiéndose las ofrecidas por la defensa en virtud de ser presentadas de manera extemporánea.
TERCERO: Se condena en aplicación del Procedimiento Especial por Admisión de los Hechos al ciudadano: ALEXANDER INGINEO COLMENAREZ TORREALBA, cédula de identidad Nº V-12.706.873, nacido en Carabobo, .....