En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Municipio de Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1. SIN LUGAR la demanda por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentada por ÁNGELA RAMONA MARCHAN, venezolana, mayor de edad, hábil, titular de la cédula de identidad N° V-2.538.669, de este domicilio. Contra: la ciudadana JULIE SOTO MARCHAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.401.982 y de este domicilio.
2. Se condena en costas a la parte perdidosa de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber sido totalmente vencida.
PUBLÍQUESE, incluso en la página WEB del Tribunal, REGÍSTRESE. Se deja expresa constancia que la presente decisión fue dictada dentro de su lapso legal. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de confor.....