Por las razones antes expuestas este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda: PRIMERO: Decreta la LIBERTAD SIN RESTRICCION del ciudadano JORGE HERNANDO GALVEZ, titular de la cédula de identidad N° 12.376.678, en lo que respecta a esta causa, quien se encuentra privado de Libertad en el Departamento Policía N° 10 de la Ciudad de Trujillo.- SEGUNDO: Se ratifica la orden de Aprehensión librada en fecha 27-11-2003, por la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, en contra del ciudadano JORGE HERNANDO GALVEZ, INDOCUMENTADO, con la advertencia que una vez que sea aprehendido deberá ser llevado de inmediato al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalisticas, a los fines de que sea reseñado y verificar su formula dactilar la cual es la siguiente:
5 2 5 5 5
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3 3 3 .....