Este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento efectuado por la representación judicial de la parte actora abogada MARIA DE LOS ANGELES CEQUEA, inscrita en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo el N° 124.385, en lo concerniente a la sociedad mercantil Pinturas Venezolanas; en el Juicio intentado por el ciudadano BANCO VENEZOLANO DE CREDITO contra la sociedad mercantil PINTURAS VENEZOLANAS, C.A., ya identificados en la primera parte de esta decisión.