Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo penal en Funciones de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad e la Ley, CONDENA al ciudadano Johnn Jelvis Prieto Torres titular de la cedula de identidad N° 17596645, natural de Caracas Distrito Federal, Soltero, mayor de edad de 24 años, hijo de Carlos Prieto y Elsy Maria Torres, ocupación Constructor, grado de instrucción Segundo año, Domiciliado en la urbanización El Trompillo 1, vereda N° 17 casa N° 02 de color azul en toda un esquina de la vereda, detrás del ambulatorio de los cubanos y al lado de una casilla de la policía, teléfono 0424-7029117, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISION, por el delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del ORDEN PÚBLICO, mas las accesorias establecidas e.....