Este Tribunal una vez oídas las exposiciones de las partes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide en los siguientes términos: PRIMERO: Se ADMITE PARCIALMENTE la acusación presentada por la Fiscal Auxiliar de la Cuarta del estado Lara, abogada YOHELI BARRIOS, en contra del ciudadano LANDER BALDOMERO SOSA HUZ, fijando como calificación jurídica provisional, los delitos de VIOLENCIA FISICA y AMENAZAS, tipificados en los artículo 42 y 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ROSMERY DAYANA LOBO ROJAS. SEGUNDO: Se admiten todas las pruebas promovidas por parte del Ministerio Publico, por ser útiles, legales, pertinentes y necesarias. TERCERO: Se declara SIN LUGAR, la solicitud de decreto de medida cautelar sustitutiva de libertad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256.3 del Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: Se mantienen las medidas .....