D E C I S I O N
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA SU INCOMPETENCIA para conocer y decidir este asunto y, en consecuencia, DECLINA la competencia en el Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, al cual se ordena remitir las presentes actuaciones, con oficio. Anótese su salida.
Publíquese y regístrese la presente sentencia.