DECISION
Por las razones de hecho y de derecho explanas a lo largo de esta resolución, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda la NULIDAD DE LO ACTUADO, en relación a las Audiencias de Juicio celebradas, debiéndose fijar nueva oportunidad para el Juicio Oral y Público en la presente causa seguida al acusado JORGE ELIEZER ROSARIO TORO, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EJECUTADO EN LA PERSONA DE SU CONYUGE, previstos y sancionados en el articulo 406.3 LETRA A del Código Penal Vigente, en concordancia con el numeral 11 del articulo 77 ejusdem, en su primer supuesto por haberlo ejecutado con un arma de fuego, en perjuicio de la ciudadana ANA GISELA BRICEÑO DE ROSARIO.- Remítase las presentes actuaciones a la URDD, a los fines de que sea redistribuida a los demás Tribunales de Juicio de .....