D I S P O S I T I V A
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO VERBAL DE VENTA A PLAZO intentara el ciudadano SILVER LUY TORRES GIL en contra del ciudadano SABINO ALFREDO TORRES, ambos plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: Se CONDENA al demandado de autos, ciudadano SABINO ALFREDO TORRES plenamente identificado en autos, a reintegrar al demandante de autos SILVER LUY TORRES GIL, la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000,00).
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada, por haber sido vencida totalmente, conforme a lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: Conforme.....