JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: 1.- Se admite la acusación en todas y cada una de sus partes de conformidad con el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, presentada por el Ministerio Público en contra del Acusado JOSE ELEAZAR RUIZ ANDARA, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.899.560, venezolano de 21 años de edad, fecha de nacimiento 14-01-1988, natural de Valera, hijo de Maria Olida andara Rojo, de profesión u oficio Estudiante y RESIDENCIADO en AV. PRINCIPAL Nº 4 DE MOTATAN, CASA Nº 110, AL LADO DE UNA VENTA DE CARROS INVERSIONES MERCEDES YUNCO, TELEFONO DEL PAPÁ 0426-6737651, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, delito previsto y sancionado en el artículos 42 encabezamiento de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida libre de Violencia en agravio de XIOMARA DEL VALLE VILLEGAS PEREZ, igual se admiten los medios probatorios promovidos por ser útiles necesarios y pertinentes para el esclarecimie.....