DISPOSITIVA
Por cuanto antecede, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana BOLIVIA MARTÍN SANTANA, en su condición de Fiscal, Centésima Décima Tercera (113°) del Ministerio Público con competencia en el Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, en contra de la decisión de fecha 04/07/08, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en Función de Control Nº 04 de esta misma Sección, mediante la cual decreta el Sobreseimiento Definitivo en la Causa seguida a los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA), de conformidad con lo establecido en el literal "b" del artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión del artículo 613 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.