Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley declara CON LUGAR la cuestión previa referente a la falta de competencia en razón del territorio interpuesta por la abogado MARÍA YAMILET OROPEZA MONTERREY; en consecuencia remítase el presente expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas.
Se condena en costas a la parte actora por haber resultado totalmente vencida en la presente incidencia.