DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Autos interpuesto por el Abg. Miguel Angel Piñango Tovar, en su condición de Defensor Público del ciudadano ALÍ ANTONIO PINEDA EREU, contra de la decisión de fecha 31-01-2011, y fundamentada en fecha 03-02-2011, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 6 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante el cual ratificó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, contra el ciudadano ALÍ ANTONIO PINEDA EREU, por considerar que se encuentran llenos los extremos del artículo 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada31-01-2011, y fundamentada en fecha 03-02-2011, por el Tri.....