DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por los Abogados: RAFAEL SALAS MORENO y DIGNA MARY ARAUJO, actuando en la condición de defensores privados del procesado: JOSE ANTONIO CASTILLO SIMBOLO, contra la decisión dictada en fecha 02 de julio de 2012, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 04, de este Circuito Judicial Penal, donde: "...Declara sin lugar la solicitud de la defensa en lo que se refiere a la práctica de Reconocimiento en Rueda del Imputado, todo ello con fundamento en lo establecido en los artículos 21, 26, 49, 51, y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y 282 del Código Orgánico Procesal. Notifíquese a las p.....