Este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda:
PRIMERO: SE HOMOLOGA la transacción presentada por los ciudadanos JUANA MARÍA ROSARIO DE BARRUETA, JORGE EDUARDO BARRUETAS BRICEÑO y ABELARDO DEL CARMEN BARRUETA ROSARIO, (demandantes reconvenidos) titulares de las cédulas de identidad números 5.630.176, 12.905.343 y 14.460.839 respectivamente, asistidos los dos primeros por las abogadas en ejercicio a ALEJANDRINA RIVAS RUIZ, ANA COROMOTO RIVAS RUIZ y NEREIDA BENITEZ inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 35.401, 26.364, y 198.649 respectivamente, ésta última profesional del derecho en condición de representante del ciudadano ABELARDO DEL CARMEN BARRUETA ROSARIO; y los ciudadanos BEGONIA MARGOT BARRUETA VERGARA Y MANUEL SALVADOR BARROETA VERGARA, (demandados reconvinientes) titulares de la cédula de identi.....