En consecuencia por lo anteriormente señalado este Tribunal de Violencia Contra la Mujer de Control, Audiencias y Medidas Nº 02 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: PRIMERO: Por considerar que están llenos los requisitos del Articulo 93 de la ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres una vida Libre de Violencia, decreta la Aprehensión como Flagrante del Imputado LEOBALDO PEREZ DURAN, en la comisión del delito de Violencia Psicológica y Violencia Física, previstos y sancionados en los artículos 39 y 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de la ciudadana MILEYDY BRICEÑO.SEGUNDO: Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al ciudadano LEOBALDO PEREZ DURAN, establecida en el artículo 92 numeral 8 de la ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres una vida Libre de Violencia, consistente en que el ciudadano LEOBALDO PEREZ DURAN, no agreda .....