En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la abogada la abogada Carmen Amira Navas Martinez, apoderada judicial del ciudadano Leobardo de Jesús Uzcategui, , en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil UZCATEGUI UNION, C.A., contra la sentencia proferida por el A quo, en fecha 26 de abril de 2022.
SE DECLARA INADMISIBLE la presente solicitud de entrega material presentada por la abogada la abogada Carmen Amira Navas Martinez, inscrita en el I.P.S.A bajo el numero 93.763, apoderada judicial del ciudadano Leobardo de Jesús Uzcategui, en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil UZCATEGUI UNION, C.A.
Queda CONFIRMADA la sentencia sometida a apelación, pero por diferente motivación. Dada la naturaleza .....