Por las razones expuestas y en base a las disposiciones legales y constitucionales citadas, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: PRIMERO: admite Parcialmente la Acusación presentada por el Ministerio Público en contra del adolescente ciudadano, quien dijo ser venezolano, de años de edad, natural de Valera y residenciado Valera Estado Trujillo hijo de, de ocupación trabajador en un supermercado grado de instrucción tercer grado aprobado, fecha de nacimiento, asistidos por el Defensor Publico Abg. ASDRUBAL SUAREZ SERPA, con domicilio procesal en la Av. Diego García de Paredes, Sector San Jacinto, Palacio de Justicia, Trujillo, Estado Trujillo; por LA COMISIÓN el delito ABUSO SEXUAL SIN PENETRACIÒN, previsto en el articulo 259 de la Ley Orgánica Sobre la Protección del Niño Niña y del Adolescente, decisión que se toma en base a lo establecido en los artículo 570 de la Ley Orgánica Para la Protecc.....