omo consecuencia de ello, debe declinar la competencia al Tribunal Distribuidor de Municipios del Área Metropolitana de Caracas que corresponda por distribución. En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los pronunciamientos siguientes: PRIMERO Se declara incompetente en razón del Territorio para conocer la solicitud de Divorcio con fundamento al artículo 185-A del Código Civil, interpuesta por los ciudadanos: MIRLA YECENIA GARCIA y ELVIS DE JESUS DIAZ TORRES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-12.061.052.y V-17.297.922, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado ejercicio: JOSE VICENTE DE LOS SANTOS HERNANDEZ, e inscrito en el I.P.S.A bajo el N°.2.....