D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la apoderada judicial de la parte actora contra decisión interlocutoria de fecha 15 de febrero de 2017.
Se declara PROCEDENTE la oposición formulada por la parte demandada a la declaración de la testigo promovida por la parte actora, ciudadana Marlene Alcira Briceño de Peña.
Se CONFIRMA la decisión apelada.
Se condena en las costas del recurso a la parte demandante, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese la presente sentencia.
Remítase al Tribunal de la causa el presente expediente, en su oportunidad legal.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Superior Accidenta.....