PRIMERO: Se homologa el convenimiento realizado en fecha 11/11/2009, entre los ciudadanos: MARIA BEATRIZ TERAN DE MILANEZ y JOSE DE JESUS MILANEZ SILVA, ya identificados, por ante la Defensoría de la Fundación del Niño de Trujillo, donde el padre aportará la suma de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,oo) mensuales, quien los cancelará por adelantado los días 10 de cada mes. Este monto aumentará según aumento de sueldo por decreto y en la misma proporción de porcentaje. Los gastos médicos y de medicina los cubrirá el padre, en cuanto a los gastos de vestuario y calzado los cubrirán ambos padres. El tribunal insta a la ciudadana MARIA BEATRIZ TERAN DE MILANEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 11.130.567, pasar por el Departamento de Contabilidad adscrito a este Tribunal, a fin de aperturar cuenta de ahorro para tal fin.
SEGUNDO: Se establece el siguiente régimen de convivencia familiar amplio el padre podrá visitar a sus hijas cuando lo considere conveniente, siempre y cuand.....