Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado ROGER PAREDES, defensor público designado a los ciudadanos MICHEL MENDEZ MENDEZ Y GUILLERMO RAMON PEÑA, en contra de la decisión de fecha 26/09/2013, que decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad en la causa nomenclatura TP01-P-2013-011879 que se les sigue por el delito de Hurto Calificado, en perjuicio del ciudadano ALIRIO DE JESUS YNFANTE VASQUEZ, en donde se aprobó un Acuerdo Reparatorio.
SEGUNDO: SE ANULA la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad decretada en contra de los mencionados imputados, ordenándose sus libertades inmediata.
TERCERO: Se ordena la remisión de las actuaciones al Tribun.....